El Gobierno respeta la decisión del Tribunal Constitucional sobre el recurso de amparo presentado por el Defensor del Pueblo sobre la suspensión del voto de los nacionalizados por la ley de nietos, apuntando que la vía judicial previa no está agotada ante el Tribunal Supremo. Fuentes del Ejecutivo señalan así que la decisión del Pleno del órgano de garantías constitucionales se “limita a motivos procedimentales y no aborda el fondo de la cuestión”, como no lo habría hecho tampoco el Supremo.
El Gobierno respeta la decisión del Tribunal Constitucional sobre el recurso de amparo presentado por el Defensor del Pueblo sobre la suspensión del voto de los nacionalizados por la ley de nietos, apuntando que la vía judicial previa no está agotada ante el Tribunal Supremo. Fuentes del Ejecutivo señalan así que la decisión del Pleno del órgano de garantías constitucionales se “limita a motivos procedimentales y no aborda el fondo de la cuestión”, como no lo habría hecho tampoco el Supremo.
Por este motivo, desde el Ejecutivo continúan defendiendo que “todos los nacionales españoles tienen derecho a voto, el derecho más sagrado en democracia, tal y como establece la Constitución”. En consecuencia, añaden las mismas fuentes, “confiamos en que la decisión definitiva deje claro que no se puede suspender masivamente el derecho de voto con una medida cautelar, sin sentencia firme y sin audiencia a cada afectado y que no puede haber ciudadanos de segunda categoría con diferencia de derechos”.
La mayoría de los magistrados del TC compartían la propuesta de resolución preparada por el magistrado Enrique Arnaldo, que defiende la inadmisión a trámite del recurso del Defensor del Pueblo por "prematuro", al no haberse agotado la vía jurisdiccional previa y poder todavía el propio Supremo modificar su criterio al pronunciarse sobre las alegaciones de los afectados, cuyo plazo de interposición acaba este viernes.
En el Ejecutivo ya rechazaron la pasada semana la posibilidad de recurrir al Tribunal Constitucional la decisión del Tribunal Supremo de mantener la suspensión cautelar de las inscripciones en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA) de quienes obtuvieron la nacionalidad por la 'ley de nietos'. Sin embargo, lo hicieron al entender que el Estado no tenía legitimidad para recurrir, recayendo solo en los afectados, a título individual o colectivo.
En lo que vienen insistiendo los socialistas es en la “extrema gravedad” que supondría restringir un derecho fundamental recogido en la Constitución. Asimismo, advierten sobre la “complejidad” a la hora de acatar el escrito y sacar del censo a las personas que fueron nacionalizadas con esta ley, ya que existía una presunción de exiliado sin acreditación oficial de esta situación.
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La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo argumentó que los Servicios Jurídicos del Estado solo apelan a la imposibilidad de acreditar quiénes descienden de exiliados, cuando es su propia responsabilidad, y sostiene que "la limpieza y pulcritud de un censo constituye un valor supremo del que debe despejarse la más mínima duda", circunstancia que debe "prevalecer sobre el derecho de voto" de quienes lo componen.
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