Una sentencia del Tribunal de Justicia Europeo (TJUE) establece que una negligencia por parte de los clientes no exime a los proveedores de servicios de pago de la obligación de devolverles "inmediatamente" la cantidad de dinero perdida en una estafa. A más tardar, al final del día hábil siguiente al que se ha comunicado la pérdida a la entidad. Eso sí, más adelante, el banco puede tratar de reclamar un reembolso de las pérdidas derivadas de la estafa al cliente. Pero tendrá que demostrar a que la negligencia ha sido demasiado grave, como no haber protegido sus credenciales de seguridad personales; o que el cliente se ha demorado de manera injustificada en la notificación del fraude. Con este fallo, la justicia europea decide que el peso de las ciberestafas, la amenaza de fraude más común en la actualidad, recaiga sobre los bancos y se libere a las víctimas. "Este enfoque es coherente con el objetivo de garantizar un nivel elevado de protección de los consumidores", señala el TJUE en un comunicado de prensa. Y explica como, permitir que los bancos se nieguen de primeras a devolver el dinero alegando la cuestión de negligencia, "obligaría al propio cliente a tomar la iniciativa para hacer valer su derecho, con los costes y las molestias que ello podría conllevar".La sentencia deriva de una cuestión planteada por un tribunal polaco al TJUE. Una persona fingió estar interesado en la compra de un objeto puesto a la venta por la afectada en una plataforma de ventas en línea y le envió un enlace fraudulento que aparentaba proceder de dicha plataforma, y que estaba destinado a confirmar la venta.Al pinchar en el enlace llegó a una página que parecía ser de su banco, introdujo sus claves y, con ellas, el estafador logró transferir a su cuenta un importe de unos 700 euros al cambio.Al día siguiente, la clienta notificó la operación fraudulenta a su banco, pero la entidad se negó a devolver el importe de la operación de pago no autorizada, al considerar que la clienta, por negligencia grave, había hecho posible dicha operación al incumplir su obligación de proteger sus credenciales de seguridad personalizadas.La afectada acudió a un tribunal polaco, que consultó a la justicia europea si, en tanto que proveedor de servicios de pago, el banco está obligado a devolver inmediatamente el importe de una operación no autorizada, aunque considere que el cliente cometió una negligencia grave.