La defensa de Cueva de la Negra, vivienda histórica situada en Morro Jable, municipio de Pájara, continúa desarrollándose por distintas vías, tanto judiciales como administrativas y patrimoniales, después de los operativos desplegados por la Demarcación de Costas los días 26 de agosto y 21 de septiembre. Dos ocasiones en las que se apreciaron unas maneras más propias de una España en blanco y negro que del presente siglo XXI, pretendiendo incluso saltarse la Ley y las pautas marcadas por el Procedimiento Administrativo.
La defensa de Cueva de la Negra, vivienda histórica situada en Morro Jable, municipio de Pájara, continúa desarrollándose por distintas vías, tanto judiciales como administrativas y patrimoniales, después de los operativos desplegados por la Demarcación de Costas los días 26 de agosto y 21 de septiembre. Dos ocasiones en las que se apreciaron unas maneras más propias de una España en blanco y negro que del presente siglo XXI, pretendiendo incluso saltarse la Ley y las pautas marcadas por el Procedimiento Administrativo.
A estas actuaciones se suma ahora un elemento de especial relevancia: la noticia publicada por Diario de Fuerteventura sobre la tramitación de 36 expedientes de posibles concesiones para viviendas históricas del Puertito de Lobos. La familia de Pascuala Roger Pérez, de 80 años, considera que esta información obliga a preguntar qué criterios exactos se aplican para examinar los derechos históricos sobre las viviendas tradicionales del litoral de Fuerteventura. No en vano todo apuntar a que Costas con una mano aplica con exceso de celo la aberrante Ley de 1988 mientras que con la otra se limita a acariciar y «premiar» a otros propietarios cuyas viviendas se encuentran en la misma situación que la del sur majorero. Al presente se podría hablar de prevaricación y de parcialidad, y de otras cosas más graves. Incluso hay quién ya habla de que en Lobos hay muchos intereses de propietarios vinculados a cierto partido político… aspecto este que únicamente un puñado de representantes conocerán,... Pero que el conjunto de la sociedad, cada vez más despierta, comienza a intuir. Aquí la barbarie y allá arriba el paraíso.
1. Lobos y Cueva de la Negra
Según la información publicada, los solicitantes de concesiones en el Puertito de Lobos invocan la antigüedad de las construcciones, la posesión pacífica e ininterrumpida y distintos antecedentes documentales, pese a que las viviendas no estaban inscritas en el Registro de la Propiedad.
Cueva de la Negra presenta también una trayectoria histórica familiar que se remonta a más de un siglo. La familia sitúa su construcción antes de 1910 y ha reunido censos, fotografías, testimonios y documentación sobre su utilización y transmisión durante generaciones. A ello se añaden sentencias judiciales de 1980 que la familia considera fundamentales para acreditar los antecedentes de propiedad y posesión de la vivienda.
Sin embargo, la Demarcación de Costas denegó en septiembre de 2009 la concesión solicitada por Pascuala Roger, argumentando, entre otras cuestiones, que la vivienda no figuraba inscrita en el Registro de la Propiedad y que las sentencias civiles aportadas no eran oponibles frente a la Administración. En septiembre de 2026, una nueva solicitud fue inadmitida al considerar Costas que la cuestión ya había sido resuelta mediante una resolución firme.
Mientras en Lobos se mantienen en tramitación expedientes relacionados con viviendas históricas no inscritas, en Cueva de la Negra se rechaza una nueva valoración de la solicitud. La familia reconoce que cada expediente debe examinarse conforme a sus circunstancias jurídicas, pero exige conocer qué diferencias justifican el desigual tratamiento administrativo recibido.
2. La vía judicial
La familia mantiene activa su defensa ante los tribunales. El recurso de apelación contra el Auto que autorizó la entrada en la vivienda ha sido admitido a trámite. Paralelamente, se han promovido recursos y solicitudes de protección cautelar para evitar actuaciones que puedan ocasionar perjuicios irreversibles mientras se resuelven las cuestiones judiciales pendientes.
El 21 de septiembre, el propio Juzgado suspendió la entrada prevista para esa fecha al comprobar que no había transcurrido íntegramente el plazo mínimo de cinco días de preaviso. Además, la familia sostiene que el plazo de ejecución de la autorización judicial venció el 28 de septiembre, con lo que, en teoría, todo el proceso debería reiniciarse. Pero el Estado siempre encuentra trampas legales para intentar agilizar su obsesión por esta humilde choza. En esa línea, la Abogacía del Estado solicitó una ampliación, cuya concesión judicial no consta a la familia a fecha de hoy.
Por ello, se considera imprescindible que cualquier nueva actuación respete tanto la vigencia de la autorización judicial como las medidas de protección existentes.
3. El Defensor del Pueblo
La familia ha solicitado el amparo urgente del Defensor del Pueblo, tras los dispositivos desplegados por Costas el 26 de agosto y el 21 de septiembre. Ambos operativos implicaron la movilización de diferentes medios públicos y ninguno pudo culminar conforme a lo previsto.
La queja solicita que se investigue la planificación de las actuaciones, la cadena de decisiones, la comprobación previa de los requisitos judiciales y administrativos y el empleo de recursos públicos. La familia también ha pedido al Ministerio para la Transición Ecológica que examine las circunstancias de ambos operativos y depure, en su caso, las responsabilidades que pudieran corresponder.
La Administración debe garantizar el cumplimiento de sus propias obligaciones antes de ejecutar medidas de semejante trascendencia sobre una vivienda familiar.
4. Acuerdo unánime
Otro de los asuntos pendientes es la materialización del acuerdo adoptado por unanimidad por el Pleno del Cabildo de Fuerteventura. Entre sus compromisos figura la ampliación de las medidas cautelares de Cueva de la Negra para impedir no solo su demolición, sino también actuaciones como el tapiado, el precinto o cualquier otra diligencia que impida a la familia continuar utilizando la vivienda. Debiendo intervenir para proteger el yacimiento arqueológico que rodea la vivienda,... Y no es ruego, el Cabildo debe garantizar la preservación de nuestro patrimonio cultural, no hacerlo podría derivar en un litigio judicial, pues por acción u omisión ese es su deber y obligación.
El Cabildo majorero ya había aprobado medidas cautelares de protección mediante la Resolución 6039/2026. La familia reclama que el acuerdo plenario se ejecute efectivamente y se amplíe la protección en los términos aprobados, sin limitarla a impedir exclusivamente el derribo.
5. La protección patrimonial
La defensa de Cueva de la Negra no se limita a las cuestiones de propiedad o concesión. La Asociación Efequén ha promovido la solicitud de declaración como Bien de Interés Cultural, atendiendo a los valores históricos, etnográficos y patrimoniales de la vivienda y su entorno. Un particular ha hecho lo propio ante la Dirección General de Patrimonio del Gobierno de Canarias. En ambos casos la inacción ante dichas peticiones dejaría a las claras que las manifestaciones de unos y otros eran de boquilla y más fruto de la hipocresía que de una voluntad de defensa real.
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La familia también ha solicitado que se estudien y protejan los vestigios arqueológicos y etnográficos existentes en las inmediaciones, incluidos los concheros y otros testimonios de la ocupación histórica del litoral de Jandía. Considera que cualquier actuación irreversible debería estar precedida de una evaluación patrimonial suficiente por las administraciones competentes, por ejemplo una excavación arqueológica de urgencia.